El seguro del automóvil es una póliza suscrita entre asegurado/a y aseguradora, que tiene por objeto fundamental, reparar los daños accidentales producidos en los vehículos de terceros y/o en el vehículo asegurado, así como indemnizar a las personas afectadas, a cargo de la aseguradora a cambio del pago de una prima (o, precio del contrato de seguro).
Desde que se aprobó el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, es obligatorio estar asegurado para poder circular con un vehículo a motor, deben tener al menos el seguro de responsabilidad civil obligatoria o, lo que es lo mismo, la póliza a terceros básica para poder circular por calzadas y, vías públicas.

Sí se conduce sin seguro, se puede exponer a sanciones penales. Si le paran y no lo tiene, se procederá a la retirada del vehículo al depósito. Desde ese momento, tendrá un plazo de cinco días para presentar un justificante de estar asegurado; en caso contrario, la multa variará de 600 a 3.000 euros en función de la gravedad de los daños ocasionados.
La cobertura principal consiste en asegurar los daños causados a terceros en el uso del vehículo y la responsabilidad civil del automóvil, a partir de ésta, se podrán incluir las coberturas que libremente se pacten entre el tomador del seguro y la entidad aseguradora. Las coberturas complementarias más habituales son:
- Responsabilidad civil suplementaria.
- Daños propios e, incendio.
- Robo del vehículo asegurado.
- Rotura del parabrisas y lunas del vehículo.
- Accidentes personales para ocupantes del vehículo asegurado.
- Asistencia en viaje.
- Prestación por privación del permiso de conducir.
- Sustitución del vehículo asegurado.
En España hay una clasificación genérica de los distintos tipos de póliza, por lo que es importante tener claro las distinciones entre ellas para saber elegir, de forma más sencilla, el seguro que más se ajuste a las necesidades del tomador.

1. Seguros a terceros
Es el seguro más sencillo y básico, el mínimo que por ley debe de tener todo vehículo para poder circular, cubriendo los daños que se ocasionen a otros conductores o, vehículos, cuando el asegurado es «culpable» del accidente o, el daño.
Todo seguro a terceros debe incluir:
- El seguro de responsabilidad civil que se exige para circular. Este tipo de cobertura cubre los daños materiales y personales que el vehículo asegurado cause a terceros.
- La responsabilidad civil suplementaria, que amplía económicamente el seguro de responsabilidad civil del asegurado.
- El seguro de conductor, para los daños que pueda sufrir como conductor.
- La defensa jurídica.
- La reclamación de daños.
- La asistencia en viaje.
2. Seguros a terceros ampliados (o, combinado)
El seguro a terceros ampliado o, combinado incluye las mismas coberturas que el seguro a terceros, complementándolas con otras garantías, según la aseguradora, destinadas a ofrecer un mejor servicio:
- La cobertura de la rotura, total o parcial, de lunas o parabrisas.
- Los daños ocasionados por incendio del automóvil.
- El robo del automóvil.
- La reparación de los daños que sufra el automóvil sí atropella a algún animal.
- La defensa en multas de tráfico.
- El subsidio por privación del permiso de conducir.
3.- Todo riesgo
El seguro a todo riesgo sin franquicia es el más completo que se puede contratar para proteger tanto el vehículo, como el conductor ofreciendo, además de las coberturas recogidas en el tercero combinado, una completa gama de coberturas a cargo, de manera exclusiva e integra, de la aseguradora:
- Los daños propios, son aquellos producidos en el propio vehículo y que hayan sido ocasionados por culpa del asegurado. Así como, los golpes, ralladuras o, daños durante un estacionamiento, aunque no haya terceros.
- El siniestro total del vehículo.
- El vehículo de sustitución, etc.
4. Todo riesgo con franquicia
El seguro a todo riesgo con franquicia permite hacerse con una póliza a todo riesgo más barata. Es semejante al seguro a todo riesgo, con la desventaja de incluir una franquicia que correrá a cargo del asegurado, en los casos de daños propios. Es decir, cuando el asegurado tenga daños en su vehículo y, sea él el responsable, pagará los gastos hasta la cantidad establecida como franquicia, del resto se hará cargo la aseguradora.
Elegir entre uno de estos cuatro tipos de seguro de automóvil, dependerá de las necesidades del tomador, del tipo de vehículo a asegurar (por ejemplo: no es lo mismo asegurar un coche viejo que uno nuevo) y, del presupuesto que pueda pagar.

¿Qué datos se necesitan para contratar un seguro de coche? Los documentos esenciales son los siguientes:
- DNI o Tarjeta de Residencia
- Carné de conducir en vigor
- Permiso de circulación
- Ficha técnica del coche
- Certificado de la ITV superada
- El número de póliza, anterior o actual, del tomador, con éste u otro vehículo.
¿Cómo cancelar el actual seguro del coche? Hay que comunicárselo a la aseguradora con, al menos, 30 días naturales de antelación a la fecha de vencimiento de la póliza. Esta decisión ha de notificarse por escrito (fax, carta certificada, correo electrónico,…), para que la aseguradora tenga constancia de la petición.
MSV Broker, Correduría de Seguros, S.L.